Concepto de promesa

Concepto de promesaEl origen etimológico de la palabra promesa, lo hallamos en el latín “promissus”, integrada por “pro” que indica “lo que precede o está antes” y por “missus” que significa “enviado” o “arrojado”.

Una promesa es una expresión voluntaria unilateral o sinalagmática (bilateral) por la cual una de las partes en el primer caso, o ambas en el segundo, se disponen a realizar algo a favor del otro, o de un tercero. Las promesas también pueden ser a beneficio del mismo promitente, por ejemplo: “prometo que inicio mi dieta a partir de la próxima semana” o “prometo que el próximo año, seré más estudioso” o “prometo ser menos exigente conmigo mismo”. Algunas de estas promesas solo tienen un sentido moral, y ante el incumplimiento sólo habrá una sanción ética, como el remordimiento, o social, como el rechazo. Ciertas promesas donde se involucren Dios o los santos, tienen castigo religioso.

Otras promesas tienen valor jurídico y pueden engendrar acciones judiciales, como cuando alguien realiza a otra persona una promesa de venta, y ésta acepta. En ese caso el desistimiento puede traer consecuencias legales, como multas o devolución doblada de la seña. Actualmente las promesas en sentido jurídico, son precontratos, como ocurre con el boleto de compra venta de inmuebles.

En el antiguo Derecho Romano se conocieron varias promesas que tenían amplio valor legal, como la promesa de dote o “promissio dotis” que consistía en una promesa de constituir una dote a través de un contrato verbal solemne. Otra promesa legal era la promesa mutua de contraer matrimonio en el futuro, o esponsales, hoy conocida como compromiso matrimonial. En Roma se hacía mediante un contrato oral y solemne llamado “sponsio” y de ahí la denominación de esponsales. En ese acto se realizaba un acuerdo formal, sentándose las bases económicas que regirían el futuro matrimonio, como por ejemplo, el monto de la dote, estableciéndose un vínculo de fidelidad entre los futuros cónyuges, especialmente de la novia hacia el novio. La violación de la promesa de matrimonio en los inicios de la historia romana daba lugar a una acción de daños y perjuicios, pero luego, atento a la libertad que comenzó a reconocerse a los futuros contrayentes para decidir sobre su pareja, esto quedó sin efecto, aunque se exigió antes de celebrar nuevos esponsales o casarse con otra persona, romper la anterior promesa, bajo pena de ser declarado infame. En la actualidad, la legislación y la jurisprudencia que interpreta la ley han sancionado a quien rompe una promesa matrimonial al momento de la celebración del matrimonio, aceptando que en estos casos existe un daño patrimonial que debe resarcirse, en cuanto a los gastos hechos en vistas al enlace. La reparación del daño moral solo procede en circunstancias extraordinarias, valoradas por los jueces.

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Fingermann, H. (10 de enero de 2014). Concepto de promesa. Deconceptos.com. https://deconceptos.com/ciencias-juridicas/promesa

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