Concepto de trámite
La palabra trámite, que designa a la acción y al efecto del verbo tramitar, reconoce su origen etimológico en el latín “tramitis” con el significado de “camino”.
Un trámite está compuesto por los pasos o diligencias necesarias para arribar a un resultado, aplicándose en general tal denominación a las gestiones burocráticas o papeleos necesarios para obtener una respuesta de la Administración Pública. Los pasos o trámites deben ser los mismos para todos, para no violar la igualdad jurídica. Ejemplos: “He realizado el trámite para inscribirme en la Universidad”, “para abonar la multa por exceso de velocidad he debido hacer muchos trámites” o “si quiero que me eximan del pago del impuesto por carecer de recursos económicos, debo realizar un trámite engorroso”.
Por otra parte, realizar los trámites correspondientes no asegura obtener el resultado esperado, pues pueden ser denegados. Muchos de ellos son tan complicados que requieren la asistencia de un profesional idóneo. Ejemplo: “debo realizar el trámite de declaración jurada impositiva, pero buscaré a un Contador para que me lo realice ya que los formularios son muy complicados de llenar”.
Dentro del proceso judicial existen resoluciones que se denominan de mero trámite que tienen por objeto no decidir cuestiones sino ordenar e impulsar la causa, como ocurre con las notificaciones o citaciones. Se llaman providencias. Son decisiones de menor envergadura y responsabilidad. Por ejemplo el Código Procesal Civil y Comercial argentino establece en el artículo 32 que el Juez que dicte resoluciones, cuando tenga impedimentos de intervenir en ese asunto, incurrirá en mal desempeño; pero exceptúa el caso que la resolución sea de mero trámite. Estas resoluciones además, pueden ser firmadas por el Secretario del Juzgado (art. 38 Cód. Cit.)
Fingermann, H. (3 de julio de 2014). Concepto de trámite. Deconceptos.com. https://deconceptos.com/ciencias-juridicas/tramite
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