Concepto de omisión

Con la palabra omisión (del latín omissionis) nos referimos al resultado de la acción de omitir, que proviene etimológicamente del latín “omittere”, refiriéndose a un no hacer. Esta falta de acción puede referirse a no decir ciertas palabras o letras, o no escribirlas, o no realizar cualquier otro acto, por ejemplo “omitió presentarme a su amigo” u “omitió contarme entre los invitados” u “omitió ponerle fecha al documento”. La omisión puede o no, ser voluntaria o intencional.

En ciertas ocasiones la omisión constituye un delito civil, penal o fiscal, cuando existe un deber de hacer establecido jurídicamente, como por ejemplo, no cumplir con la obligación de alimentos impuesta entre parientes, no auxiliar a quien está en situación de riesgo (delito de abandono de persona en Argentina o de omisión de socorro en el Derecho español) o abstenerse de pagar impuestos, respectivamente.

En Gramática, cuando se omite el sujeto de la oración, pero puede éste ser descubierto fácilmente, de acuerdo a la persona con que el verbo se expresa, decimos que estamos ante un sujeto tácito, que es siempre un pronombre personal: Por ejemplo (nosotros) “compramos helado”. En otros casos, cuando los verbos son impersonales, no es posible recomponer el sujeto omitido y estamos en presencia de oraciones unimembres, por ejemplo: “nevó ayer”.

En Medicina, existe un trastorno neurológico llamado “trastorno de omisión” por el cual la persona afectada en su hemisferio cerebral derecho no puede visualizar ciertas imágenes que están a la izquierda en su campo visual.

Otros trastornos neurológicos son la dislexia y la disgrafía, que a veces se manifiestan cuando se omiten letras al leer o al escribir, respectivamente, entre otros síntomas.

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Fingermann, H. (14 de diciembre de 2012). Concepto de omisión. Deconceptos.com. https://deconceptos.com/general/omision

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