Concepto de amparo

Amparo significa protección o defensa. Los desamparados por el contrario son aquellos individuos carentes de las mínimas condiciones que les asegure una existencia digna.

El amparo o resguardo puede ser brindado por cosas, como por ejemplo cuando decimos que una vivienda nos ampara de las inclemencias climáticas, o puede ser dado por otras personas, como cuando se dice que alguien dio amparo a animales abandonados o a niños de la calle. Hay una virgen de los desamparados que es una advocación de la Virgen María y es patrona de Valencia.

Legalmente el recurso o acción de amparo es una garantía que otorga el ordenamiento jurídico para la defensa de derechos vulnerados que no pueden esperar a una sustanciación por las vías ordinarias. Se concede cuando existe un ataque grave e inminente a un derecho reconocido constitucionalmente que no esté garantizado por otras acciones específicas, como el habeas corpus que protege la libertad personal o el habeas data, que se refiere a la confidencialidad de los datos personales. En todos los demás derechos puede recurrirse a la acción de amparo, por ejemplo si a alguien se le niega el derecho de concurrir a un establecimiento educativo, si le niegan el acceso al trabajo, si le impiden ejercer libremente su culto, etcétera.

La presentación de la demanda de amparo debe hacerse por escrito a través de un abogado, y dentro de los quince días en que se produjo el hecho violatorio del derecho, que debe ser explicado en el escrito, lo mismo que deberá especificarse el derecho lesionado, lo que deberá probarse. Si no hubiera pruebas a presentar o estas se presentaran con la demanda, la admisión o denegación del amparo debe hacerse en 48 horas. Si se ofrecen pruebas se deberán sustanciar rápidamente, y dentro del tercer día deberá pronunciarse sentencia por parte del juez.

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Fingermann, H. (28 de diciembre de 2009). Concepto de amparo. Deconceptos.com. https://deconceptos.com/ciencias-juridicas/amparo

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