Concepto de garantías constitucionales

Se denominan garantías constitucionales a los medios que la ley dispone para proteger los derechos de las personas, pues su simple declaración, sin los correspondientes remedios previstos para el caso de violación, resultaría una utopía.

La Constitución de la Nación Argentina titula a su primera parte, capítulo primero, “declaraciones, derechos y garantías”, allí se otorgan ciertas garantías como las que consagra el artículo 18, sobre la irretroactividad de las leyes penales, o la prohibición de declarar contra uno mismo, y la inviolabilidad del domicilio; aunque las garantías específicas están contempladas en el capítulo segundo, denominado “nuevos derechos y garantías”. El artículo 43 trata sobre el uso de la acción de amparo, para casos de violación grave e inminente de los derechos constitucionales, incluyendo el derecho de protección de los datos personales, más conocida esta garantía como Habeas Data; salvo el de la libertad física, que amerita el uso de la garantía de Habeas Corpus, cuyo ejercicio se proclama por el último párrafo del mismo artículo.

La Ley 24.515, promulgada el 28 de julio de 1995 creo el INADI (Instituto nacional contra la discriminación, la xenofobia y el racismo) perteneciente al Ministerio del Interior pero que opera como ente descentralizado, con funcionamiento en la ciudad de Buenos aires para luchar contra la discriminación.

En México, su Constitución Política, posibilita la defensa de los derechos humanos a través de la vía judicial, iniciando un juicio de amparo ante un Juez distrital, un tribunal colegiado o ante la Suprema Corte de Justicia, pero también se abre una vía no judicial, pudiendo presentarse una queja ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos.

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Fingermann, H. (9 de febrero de 2011). Concepto de garantías constitucionales. Deconceptos.com. https://deconceptos.com/ciencias-juridicas/garantias-constitucionales

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