Concepto de Derecho Civil

El Derecho Civil es una rama del Derecho en general, como conjunto de normas jurídicas, que trata de las relaciones entre civiles o particulares, sin intervención del Estado como persona de Derecho Público, ya que el Derecho Civil integra el llamado Derecho Privado. Las personas jurídicas privadas están también comprendidas en su ámbito, mientras que las públicas, sólo si actúan en un plano de igualdad con los particulares.

La finalidad del Derecho Civil es resarcitoria, tiende a colocar la situación en el estado anterior al hecho que motivó el perjuicio, y en ningún caso a castigar penalmente a quien lo provocó ya que de esto se encarga el Derecho Penal.

Las relaciones de vecindad, los contratos civiles, los temas relativos a los derechos reales, las cuestiones de familia, a la capacidad personal y sus atributos, y las sucesiones, integran el contenido del Derecho Civil, cuyas normas son sistemáticas ordenadas en Códigos Civiles.

Cuando se promueve una demanda civil puede ser voluntaria, sin confrontación o litigio entre partes, como sería el caso de promover una demanda sucesoria donde todos los herederos estén de acuerdo, o un divorcio con consentimiento mutuo; o puede ser contradictoria, como un divorcio unilateral, o por inejecución de un contrato. La demanda tiende a declarar un derecho, como sería por ejemplo que el Juez dicte una declaratoria de herederos o una sentencia de divorcio; o la reparación del daño, que es siempre en dinero, y comprende el daño efectivamente sufrido; y si correspondiere, los intereses moratorios y punitorios, o los daños y perjuicios.

El Derecho Civil en la Antigua Roma era el derecho de los ciudadanos romanos, ya que los extranjeros tenían un derecho propio, llamado Derecho de Gentes.

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Fingermann, H. (25 de noviembre de 2009). Concepto de Derecho Civil. Deconceptos.com. https://deconceptos.com/ciencias-juridicas/derecho-civil

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