Concepto de Procedimiento Civil

Se denomina procedimiento civil a las reglas que hay que seguir en el desarrollo de un juicio voluntario o contradictorio, para que el Juez declare un derecho en el primer caso (por ejemplo un juicio sucesorio, sin conflictos entre herederos) o determine la validez de la demanda de una partes (la demandante, o también de la demandada en caso de contra demanda) en el segundo; teniendo como fin la sentencia en este último caso restablecer la situación al estado anterior al daño sufrido, sin imponer penas (multa, prisión, reclusión, inhabilitación). Puede haber o no comisión de delito, si el hecho figura descripto como tal en las leyes penales, pero aquí no se persigue castigar al demandado, sino que repare el daño ocasionado, por sí o por sus cosas o por quienes están a su cargo, en este caso puede accionarse también por vía penal.

Se inicia con la presentación de la demanda, de la que se le da traslado al demandado, para que ejerza su derecho de defensa o reconvenga, en su caso. Los plazos que se establecen son perentorios, lo que puede determinar la pérdida de la instancia, con costas para el demandante. Las partes deben constituir domicilio para que las notificaciones tengan validez. Si no lo hicieran se notificarán en el juzgado, salvo cuando se trate de absolver posiciones o se de traslado de la sentencia.

Existen procesos ordinarios, sumarios y sumarísimos con plazos abreviados. Las cuestiones conexas se tramitan por separado en forma de incidente. Pueden solicitarse medidas cautelares como embargos o inhibición de bienes. La sentencia que perjudique a cualquiera de las partes será apelable.

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Fingermann, H. (2 de septiembre de 2012). Concepto de Procedimiento Civil. Deconceptos.com. https://deconceptos.com/ciencias-juridicas/procedimiento-civil

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