Concepto de arresto

Arresto es la acción y el efecto del verbo arrestar, que nos remite, etimológicamente, al latín “arrestare”, vocablo integrado por el prefijo de aproximación “ad”, por el de intensidad “re”, y por el verbo “stare” en el sentido de estar o permanecer. El arresto es, entonces, la acción quitar a otro su libertad, y el hecho de quedar preso o prisionero. Se arresta a alguien cuando está sospechado o sindicado de haber cometido un hecho ilícito o esté en vías de ejecutarlo.

Ejemplos de uso: “El hombre quedó bajo arresto tras haber intentado robar en una joyería”, “El policía arrestó al estafador, justo en el momento en que intentaba escapar con documentación falsificada”, “En un operativo policial se secuestraron armas de una vivienda, y sus moradores fueron arrestados”.

Estar arrestado, no significa ser culpable, ya que para que esto ocurra, debe tramitar un proceso penal, que termine con sentencia condenatoria, entonces sí, el arresto quedará firme para lo que reste de la condena. Por motivos de seguridad, y evitar que el acusado evite la acción judicial y se fugue, en delitos graves, puede declararse la prisión preventiva, lo que no hace caer la presunción de inocencia que tienen todas las personas, mientras no se demuestre que han delinquido con pruebas irrefutables, valoradas por el juez al momento de decidir la causa.

Toda persona arrestada por personal policial o equivalente (algunos países, como Estados Unidos, permiten el arresto ciudadano, ante una situación de peligro y hasta que llegue la policía) tiene derecho a conocer las causas de su detención, que deben basarse en una orden judicial o si está cometiendo, a punto de cometer o cometido, un delito. Se le deben informar sobre sus derechos, entre los cuáles, figura, no declarar contra sí mismo y solicitar un abogado, respetarse su integridad física y moral, ponerlo prontamente a disposición de un juez, y tener un intérprete si desconoce la lengua del país. Si alguien es arrestado y no se conoce su paradero, hay derecho a solicitar una garantía constitucional, denominada Habeas Corpus.

El arresto domiciliario, procede, bajo determinadas circunstancias (ancianidad, enfermedad, hijos menores a cargo. etcétera). Comprobadas las mismas, cabe la posibilidad de que se ordene el arresto domiciliario, donde la persona es alojada, durante su arresto, en un lugar diferente a un establecimiento carcelario, pudiendo ser el domicilio del arrestado u otro propuesto por él (la casa de una familiar o un amigo) o fijarse por el juez. El detenido no puede salir de ese lugar, salvo con permiso judicial, estando bajo vigilancia, usándose en algunos casos, para el control, la tobillera electrónica.

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Fingermann, H. (17 de diciembre de 2020). Concepto de arresto. Deconceptos.com. https://deconceptos.com/ciencias-juridicas/arresto

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