Concepto de edicto
La palabra edicto, se originó en el vocablo latino “edictum”, integrado por el prefijo de exclusión “ex” y por “dictum” que se traduce como “dicho”. Un edicto es una decisión de la autoridad pública que ya ha sido promulgada.
Según nos relata Gayo en sus Institutas, los edictos en la ntigua Roma, eran emitidos por los magistrados del “populus” romano que gozaban del “ius edicendi”, facultad que especialmente poseían los pretores, tanto el urbano como el peregrino, cuyas jurisdicciones resultaban, en las provincias, desempeñadas por los gobernadores o “praesides”. También tenían la potestad de dictar edictos, los ediles curules; y en las provincias, los cuestores, excluyéndose las provincias imperiales. En el caso de los pretores, al asumir dictaban el edicto anual, que acompañaría su gestión que también duraba un año, lo que se denominó Derecho Honorario, donde el pretor institucionalizaba decisiones expresadas por juristas, ante conflictos que se presentaran.
Si bien los edictos de los pretores fueron una gran fuente de Derecho en el período republicano, establecido el Imperio, el Derecho Honorario y la promulgación anual de edictos se paralizó en el año 130, cuando el emperador Adriano, ordenó hacer un Edicto Perpetuo, que le encargó a Salvio Juliano. Los emperadores se arrogaron la potestad de dictar Constituciones Imperiales, siendo los edictos, una clase de ellas, de carácter general, y especialmente en la rama del Derecho Público. Entre estos edictos imperiales, podemos destacar el Edicto de Milán, por el cuál, el emperador Constantino, impuso la libertad religiosa, y el de Tesalónica, obra de Teodosio, por el cual el cristianismo pasó a ser la religión oficial de Roma, y la de todos los pueblos sometidos a su imperio.
En la actualidad, cuando hablamos de edicto, se hace referencia a mandatos o decretos emanados del príncipe, como el caso de Enrique IV que promulgó el Edicto de Nantes (1598) para poner fin a las guerras religiosas en Francia; o disposiciones de autoridades administrativas o judiciales, que establecen reglas que deben ser tenidas en cuenta en ciertos actos; y los anuncios que se hacen para que cobren estado público; especialmente de tipo procesal. Por ejemplo, abierta una sucesión, se obliga la publicación de edictos, para que tomen conocimiento de la misma, eventuales herederos que no se presentaron reclamando la herencia; o en caso de una subasta, para que se enteren de ella, el resto de acreedores que pudiera tener el demandado, y que no están incluidos en la causa.
Fingermann, H. (8 de julio de 2020). Concepto de edicto. Deconceptos.com. https://deconceptos.com/ciencias-juridicas/edicto
Concepto siguiente >> |