Concepto de estatuto

Los estatutos, del latín «statutum», son normas jurídicas que imponen reglas de conducta (estatuyen, ordenan, establecen) en determinados ámbitos territoriales o en relación a actividades específicas.

Cualquier ley puede ser considerada un estatuto, porque establece reglas de conducta, que pueden ser generales impuestas por el Estado a través de su POder legislativo o por decretos reales o presidenciales, o ser normas que se establecen por acuerdo entre particulares, como el caso de un contrato que es ley pero solo entre quienes realizan el acuerdo.

Algunos estatutos, si bien tienen efectos generales o «erga omnes», éstos lo son para todos aquellos a los que la norma se refiere en forma específica: por ejemplo el estatuto de los trabajadores rurales, el estatuto de los comerciantes, el estatuto docente, el estatuto universitario, etcétera, que sólo afecta o brinda derechos a los trabajadores específicos, como a los comerciantes o a los peones, o a los miembros de una universidad, etcétera. Rige para los miembros actuales y los que se incorporen en el futuro, mientras el estatuto no sea modificado, anulado o derogado.

Las comunidades autónomas españolas, poseen estatutos constitucionalmente reconocidos, para cada una de sus comunidades, como acuerdo legal entre la comunidad y el Estado por la cual adquieren un nombre, competencias específicas, delimitan su jurisdicción territorial, establecen su organización institucional, etcétera. Necesitan ser aprobados por una Ley Orgánica.

En el ámbito del Derecho Societario, los estatutos son las leyes propias de cada sociedad, dictadas para regir su forma de constitución, sus autoridades, el modo de ser administradas y dirigidas, los derechos y deberes de los socios entre sí y con respecto a terceros, la liquidación de la entidad, el destino de los bienes, etcétera. Es la Ley Fundamental de la sociedad de que se trate, con amplia libertad para elegir su contenido siempre que no se oponga a la las leyes generales del país en la que esté establecida. Requieren aprobación estatal, debiendo como requisitos generales, contener los datos personales de los socios, la razón social, el domicilio, el objeto social, el capital inicial, la fecha de inicio y el tiempo de duración, la designación de sus administradores, la distribución de ganancias y pérdidas, el fondo de reserva y el modo de liquidación.

En España, en el año 1834, se promulgó El Estatuto Real creadora nuevas Cortes, que se integraban por un estamento de Próceres, que conformaban una Cámara Alta, designados por el rey entre las persons de la nobleza y uno de Procuradores elegidos por sufragio restringido y censitario, que integraban una Cámara Baja. El gobierno siguió siendo absolutista, pues a pesar de crear estas Cortes, el Rey deterinaba los asuntos a tratar y las convocaba y disolvía.

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Fingermann, H. (23 de septiembre de 2011). Concepto de estatuto. Deconceptos.com. Actualizado el 8 de noviembre de 2022. https://deconceptos.com/ciencias-juridicas/estatuto

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