Concepto de imputabilidad

Imputar es atribuir, enlazar una causa a un efecto, y colocar a esa causa como la responsable de las consecuencias dañinas ocasionadas. La imputabilidad significa atribuir a alguien las consecuencias de su obrar, para lo cual el acto debe ser realizado con discernimiento, intención y libertad: por eso no resultan imputables (son inimputables), los dementes los niños pequeños, las personas en estado de ebriedad no provocada ex profeso para cometer el hecho, o sobre quienes se haya ejercido violencia física, o que actuaren en legítima defensa.

Quien distingue el bien del mal, debe ser pasible de comprometerse por sus acciones, cuando éstas causan un mal a sus semejantes, y su actuar se adecua a las conductas descritas por la ley penal para atribuirles una condena.

En el antiguo Derecho Romano la imputabilidad penal se adquiría a la edad de 10 años. En la actualidad varían las legislaciones con respecto a la edad de que los menores puedan ser condenados; en general es a partir de los 18 años según aconseja la Convención de los Derechos del Niño. Antes de esa edad deberán ser sometidos a procesos y garantías especiales.

En Argentina la imputabilidad penal comienza a la edad de 16 años, en Chile a los 14 años y en Costa Rica a los 12; en Estados Unidos varía según cada Estado entre los 14 y 17 años, y en Inglaterra entre los 10 y los 17.

La baja de la edad de imputabilidad penal es un tema que divide no solo a los juristas sino a la sociedad en general, ya que el índice de menores que delinquen es considerable, y se discute si la solución para alejarlos del delito, es o no, adjudicarles penas por sus actos delictivos.

Citar este artículo

Fingermann, H. (5 de agosto de 2009). Concepto de imputabilidad. Deconceptos.com. https://deconceptos.com/ciencias-juridicas/imputabilidad

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