Concepto de vejación

El origen de la palabra vejación, podemos hallarlo en el latín “vexation”, y su significado es el resultado del hecho de vejar, que importa molestar a otra persona, maltratarla, humillarla, o hacer que sufra padecimientos, denigrándolo en su condición humana. En general hay acuerdo en que el maltrato es tipo psicológico, aunque en doctrina la mayoría de los autores incluyen el maltrato físico, basándose en que lo que se dice de lo menos se aplica lo más grave, por ejemplo si decimos que un menor fue objeto de vejación por sus padres que constantemente lo ridiculizaban en público, también lo será aquel que es objeto de palizas severas.

En el Código Penal argentino existe una figura penal descripta en el artículo 144 bis, incisos 2 y 3, que tiene como sujetos activos del delito a los funcionarios públicos, siendo uno de los hechos que configuran la acción punible cometer vejaciones contra la población mientras desempeñen sus servicios (inciso 2) o en contra de los presos (inciso 3). En este último caso, las personas privadas de su libertad a veces sufren algunas mortificaciones, propias de su situación, y en este caso, se configura la vejación cuando se excede los límites de que sea con motivos de seguridad. Por supuesto, una persona en situación de encierro se sentirá maltratada, pero en este caso existe una causa que lo justifica, lo que configura el vejamen es que la humillación o el padecer se apliquen como castigo, pues esto está prohibido por el artículo 18 de la Constitución Nacional.

Se supone que el dictador libio Muammar Kadafi, muerto el 20 de octubre de 2011, luego de que las fuerzas opositoras rebeldes lo hubieran capturado, pudo haber sido objeto de vejaciones antes de producirse su deceso.

Citar este artículo

Fingermann, H. (10 de enero de 2012). Concepto de vejación. Deconceptos.com. https://deconceptos.com/ciencias-sociales/vejacion

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