Concepto de minoría
La palabra minoría alude a aquello que es menos comparado con otros. La palabra menos procede del latín “minus” que alude a todo lo que es cuantitativamente de menor número o cualitativamente inferior en calidad.
El concepto de minoría, si bien puede ser empleado en cualquier ámbito para referirse a una cantidad de elementos de un grupo menores que otros, como por ejemplo “Los perros en venta en esta veterinaria son minoría con respecto a los gatos” o “Son minoría los vecinos que respetan los horarios para sacar los residuos”; es empleado especialmente en Sociología y Derecho.
Sociológicamente una minoría es un grupo que posee menos derechos que el resto de la población, no siendo siempre el menor número lo que caracteriza a este sector sino una posición inferior dada por ciertas características físicas, ideológicas o culturales. La minoría negra en África, no responde a un concepto numérico sino a una falsa creencia de superioridad de la raza blanca. Otro ejemplo donde no hay coincidencia entre el número de miembros y minoría es el caso de las mujeres, que en general son más que los hombres en número pero fueron consideradas históricamente como incapaces de ejercer ciertas actividades profesionales o políticas, quedando relegadas durante mucho tiempo al ámbito doméstico y familiar, haciendo las tareas hogareñas y cuidando de los hijos y el esposo. Otras minorías que sí pueden ser de menor número que el resto, son los gitanos, los judíos, los homosexuales, etcétera, también objeto de discriminación.
La consideración de las minorías y su respeto social y jurídico es una conquista bastante reciente. Data del siglo XX.
En Derecho se habla de minorías en Derecho Político para hacer alusión en una democracia a los partidos políticos que no han triunfado en las elecciones, ya que la mayoría (numérica) votó a otro candidato. Estas minorías están representadas en el Congreso de acuerdo al número de votos obtenidos.
En cuanto a la edad de las personas, los comprendidos en la minoría de edad son aquellos niños y jóvenes que no han alcanzado la edad que fija la ley para ser mayores, y por ende adultos y responsables de sus actos. En la mayoría de los países esa edad es de 18 años. Durante la minoría de edad se debe estar bajo el cuidado, protección y representación de los padres, o en su defecto de sus tutores, pues si bien poseen capacidad de derecho no la tienen de hecho, lo que les imposibilita actuar por sí mismos, salvo algunas excepciones que conceden las leyes, como la posibilidad de votar en argentina a partir de los 16 años.
Fingermann, H. (28 de julio de 2017). Concepto de minoría. Deconceptos.com. https://deconceptos.com/general/minoria
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