Concepto de antijurídico

La palabra antijurídico procede de la unión de los siguientes términos latinos: “anti” en el sentido de “contrario”, “ius” que se traduce como derecho humano, y el verbo “dicere” que significa “decir”. Lo antijurídico es aquello que se opone a una norma jurídica, a lo que dice el ordenamiento legal de un Estado. Se trata, en realidad, de un neologismo, a partir de la traducción del alemán “Rechtswidrigkeit”, que también alude a lo que es contrario a Derecho, y fue utilizado en ese sentido por el jurista alemán, Rudolf von Ihering (1818-1892) en el campo del Derecho Civil, y luego adoptado por los penalistas alemanes.

La relevancia de los hechos antijurídicos, es mucha, en todo el ordenamiento legal, a nivel nacional e internacional, como actos contrarios a sus disposiciones; pero es aún más especial en el Derecho Penal, ya que, los delitos, merecedores de penalidades, son figuras antijurídicas, descriptas de un modo preciso por la ley, poseyendo así tipicidad, ya que la conducta de la persona será considerada un hecho antijurídico o delito, si se ajusta a lo descripto por la norma. En ese caso, al ser un hecho contrario al Derecho Penal, será un delito o acto antijurídico, y tendrá establecida una pena, fijada entre un mínimo y un máximo, que el Juez o Tribunal, precisará, de acuerdo a las circunstancias atenuantes o agravantes de cada caso en particular, de acuerdo a su sano criterio.

Se utiliza, habitualmente, como sinónimo de ilícito, aunque, como ilícito es todo lo que se opone a la ley, y ley puede ser, además de una norma jurídica, una ley moral o religiosa, se estima que, para hablar de delitos, es más preciso usar el vocablo antijurídico, que solo se corresponde con las normas legales, dictadas por una autoridad competente dentro de un Estado, y que prevé sanciones efectivas ante su violación.

La determinación de qué actos, serán incluidos como antijurídicos, supone un juicio de valor, lo más objetivo posible, para incorporar aquellas conductas que se consideran disvaliosas y violen bienes jurídicos de trascendencia, a nivel individual o social, por ejemplo, entre los muchos hechos antijurídicos, podemos mencionar, robar, hurtar, lesionar, matar, estafar, incendiar, etcétera; debiendo provocar un perjuicio real o potencial, según los casos, siendo la culpa o el dolo las que determinan su pena; pues un acto involuntario, a pesar de ser antijurídico y coincidir con la figura penal, no acarreará la responsabilidad penal del agente. La conducta antijurídica puede consistir en una acción, pero también en una omisión, como, por ejemplo, no abonar los impuestos o dejar abandonada a una persona en peligro, sin prestarle auxilio, si no hubiera nadie más para brindárselo o sea el encargado de protegerla.

Se discute, si una vez sancionada la ley penal, es antijurídica, la conducta que se ajuste al tipo previsto, sin importar si el contenido de la norma incluye una conducta lesiva objetiva, o solo ha sido así apreciada por el legislador. Esto se conoce como antijuridicidad formal, y es la hipótesis aceptada por los positivistas. Los partidarios del Derecho Natural, consideran que una ley injusta, no es una verdadera ley, y, por lo tanto, puede cuestionarse y violarse, sin conformar antijuridicidad, pues para que un hecho sea antijurídico debe ser violatorio de un bien trascendente, y no ser calificado como tal por capricho del legislador.

Citar este artículo

Fingermann, H. (21 de octubre de 2021). Concepto de antijurídico. Deconceptos.com. https://deconceptos.com/ciencias-juridicas/antijuridico

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