Concepto de ayuntamiento
La etimología de la palabra ayuntamiento, la podemos hallar en el latín “adiunctum”. Se deriva del verbo latino “adiungere” con el significado de “juntar”. Si bien puede usarse para designar la unión sexual o cópula carnal de las especies animales, su uso más difundido es en el ámbito político administrativo, ya que designa al órgano municipal, o sea al que gobierna la menor unidad gubernamental de un Estado (ciudad o pueblo) nacida esta institución en el medioevo europeo.
Se integra el ayuntamiento por un alcalde (caso de Chile, Honduras, Puerto Rico, Bolivia o Costa Rica), presidente comunal (en algunas localidades rurales de Argentina) presidente municipal (como el caso de México) intendente (en Argentina, Uruguay, Chile y Paraguay) o prefeito en Brasil; y por los ediles o concejales. Ejerce funciones ejecutivas y legislativas. Las decisiones en el ayuntamiento se toman por mayoría, luego de deliberaciones. También se llama ayuntamiento a la sede donde estos políticos ejercen su actividad.
Los temas de debate y decisión son los que incumben a la política o bien común local, como tasas municipales, estado de caminos, festividades locales, actividades culturales, estado de plazas, del alumbrado público, bibliotecas, cuestiones sobre seguridad, limpieza, etcétera, o sea la que afecta directamente a los vecinos, ya que su jurisdicción territorial es pequeña.
Si bien ayuntamiento es el término que designa al gobierno local, no todos los países lo usan de modo específico. Esto ocurre por ejemplo en España, pero además de ayuntamiento coloquialmente se lo conoce como consistorio. En México también se lo llama ayuntamiento. En Chile se habla de comunas, en Colombia de palacio municipal o alcaldía, en Argentina de municipalidades o municipios, en Costa Rica de cantones, etcétera.
Fingermann, H. (7 de abril de 2014). Concepto de ayuntamiento. Deconceptos.com. https://deconceptos.com/ciencias-juridicas/ayuntamiento
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