Concepto de comparecer

Comparecer es un verbo de segunda conjugación, irregular y no pronominal, que se originó en el latín “comparescĕre”, a su vez de “comparēre”, vocablo integrado por el prefijo de totalidad “com”, y por “parere”, en el sentido de “aparecer”.

Se aplica a la acción humana que consiste en presentarse ante otra persona, física o jurídica, especialmente cuando se trate de asistir a un encuentro con una autoridad, en general, convocada o requerida por la misma. La comparecencia puede hacerse de modo personal o por apoderado.

Ejemplos: “Comparecí ante la directora del colegio, para dar explicaciones por mis frecuentes llegadas tarde a clase”, “El administrador del edificio, compareció ante la asamblea de propietarios para dar respuesta a los problemas edilicios que presenta la propiedad que administra” o “Debemos comparecer ante el jefe de la tropa, pues hoy no asistimos al entrenamiento y tal vez seremos por ese motivo, castigados”.

El uso más frecuente de comparecer, es en el ámbito jurídico, tanto en el Derecho Penal, Civil, Laboral o Administrativo, ante los tribunales civiles, eclesiásticos o militares; cuando un Juez o Tribunal cita a una de las partes o a los testigos, en el marco de una investigación judicial, siendo un acto procesal, que de no cumplirse da lugar a la incomparecencia, muchas veces con efectos adversos para quien no asistió tras ser convocado, al día y lugar señalado en el emplazamiento. La comparecencia también puede ser a través de un escrito si eso es lo requerido. Por ejemplo, el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación argentina, dispone en su artículo 59, que si la parte que fue citada debidamente, no comparece en el plazo fijado lo mismo que si luego de comparecer abandona el juicio, a pedido de la otra parte, será declarado en rebeldía, lo que significa que no podrá oponer sus defensas, con presunción de verdad de lo afirmado por el actor, aunque el juicio seguirá su curso, siendo las costas a cargo del rebelde.

Si el que no comparece es un testigo debidamente citado, puede ser requerido, en una segunda citación, a través del uso de la fuerza pública.

En la Antigua Roma monárquica y hasta la República del siglo II antes de Cristo, el pedido de comparecencia ante el juzgador, debía hacerlo el propio demandante a través de la “In ius vocatio”, y si el demandado no aceptaba comparecer o no daba un garante de que lo haría (un víndex) podía ser llevado a comparecer por la fuerza (aunque como el domicilio era inviolable, no se lo podía llevar por la fuerza si el demandado se encerraba en él). La evolución del sistema procesal hizo que ya en el Bajo Imperio, fuera un funcionario judicial quien ordenaba la comparecencia, como ocurre en nuestros días, debiendo estar firmada la orden por juez competente, y presentarse el intimado acompañado por su abogado o representante legal. Si no tiene medios para tener un abogado, se le asigna uno.

En el Cristianismo, el Nuevo Testamento, en Corintios 5:10-21, se dice que el hombre, un día, tendrá que responder por sus acciones, siendo juzgados ante el Tribunal de Cristo, al que debe comparecer, siendo de acuerdo a lo que hizo, recompensado o castigado.

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Fingermann, H. (21 de febrero de 2023). Concepto de comparecer. Deconceptos.com. https://deconceptos.com/ciencias-juridicas/comparecer

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