Concepto de daño

Del latín “dagnum”, la palabra daño es el mal, menoscabo o perjuicio que sufre una cosa (“El temporal dañó toda la cosecha” o “Juan provocó un gran daño al incendiar el campo al arrojar la colilla de un cigarrillo encendido) o una persona, pudiendo ser en este último caso material o físico, o moral ( “Le disparó en la cabeza ocasionándole un daño cerebral irreversible” o “Con sus hirientes palabras, le causó un gran daño emocional, que lo llevó a un estado depresivo”.

El daño puede ser provocado por obra de la naturaleza (lo que en la mayoría de los casos no es indemnizable), del propio dueño de la cosa o de la persona a sí misma, o ser ocasionado por obra de un tercero, en forma intencional o dolosa, o de modo culposo o negligente, o meramente accidental. En los dos primeros casos (daño ocasionado por dolo o culpa) el damnificado puede exigir la reparación del daño sufrido, mediante la acción de daños y perjuicios, por responsabilidad civil, que es una acción civil o exigir la condena penal del autor del daño si su accionar pudiera encuadrar en una figura delictiva, como por ejemplo, el delito de lesiones.

El daño emergente es el mal efectivamente sufrido, material o moral. El daño material se mide por la disminución patrimonial que ha sufrido la víctima; el moral es subjetivo, y afecta a la persona que lo sufre en sus sentimientos, decoro, honor o reputación. En este caso el Juez debe hacer un mayor trabajo de análisis para investigar el real perjuicio sufrido según las particulares circunstancias de cada caso. Daño colateral, son daños no queridos que se producen como consecuencia del daño intencional provocado. Es un término de uso fundamentalmente militar.

Se conoce en medicina como daño cerebral a aquel que afecta las funciones superiores del cerebro a causa de infecciones, tumores o traumatismos.

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Fingermann, H. (29 de agosto de 2009). Concepto de daño. Deconceptos.com. https://deconceptos.com/ciencias-juridicas/dano

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