Concepto de perjurio
La palabra perjurio procede en su etimología del vocablo latino “perjurium” con el significado de “juramento viciado de falsedad”.
Cuando el juramento se hace con la promesa de decir la verdad en el marco de un proceso judicial, por ejemplo en la declaración testimonial, quien luego miente o aporta datos o pruebas falsas comete el delito de perjurio, llamado así por ejemplo en Guatemala o en Estados Unidos, o comprendido en otros países (por ejemplo en España y Argentina) en el delito de falso testimonio.
En el Derecho Romano se castigaba a quien juraba en falso invocando a los dioses, y algo similar ocurrió en la Edad Media, ya que era una blasfemia jurar en nombre de Dios y mentir.
En Guatemala si bien tienen la misma pena el perjurio y el falso testimonio, aparecen tipificados en artículos diferentes. El perjurio está en el artículo 459 del Código Penal y lo caracterizan como el acto de quien falsee a la verdad maliciosamente ante la autoridad competente, mientras el delito de falso testimonio del artículo 460 se reserva para el mismo acto realizado específicamente por testigos, peritos, intérpretes o traductores.
En Costa Rica aparecen diferenciados en forma más notoria. El perjurio está legislado en el artículo 311 del Código Penal de Costa Rica como delito que se comete en contra de la Autoridad Pública, con pena de entre tres meses y dos años, para quien mienta sobre hechos propios, habiendo hecho una declaración jurada o un juramento de decir verdad, impuesto legalmente. El falso testimonio está contenido en el artículo 316 y el daño se comete contra la Administración de Justicia, con una pena de prisión que va desde un año a cinco, y lo prohibido es mentir o callar la verdad, total o parcialmente, siendo testigo, intérprete, traductor o perito ante una autoridad competente. Como vemos en esta última legislación el perjurio nunca se comete por omisión, se debe mentir bajo juramento y sobre hechos propios (por ejemplo quien dice que gana o tiene menos bienes para pagar menos impuestos) pero no se comete perjurio si se oculta la verdad o si los hechos no le competen específicamente al autor.
Fingermann, H. (3 de abril de 2015). Concepto de perjurio. Deconceptos.com. https://deconceptos.com/ciencias-juridicas/perjurio
Concepto siguiente >> |