Concepto de tipicidad

Concepto de tipicidadEl término tipicidad es propio del lenguaje jurídico y específicamente del penal, ya que con tipicidad se alude a aquella conducta voluntaria e ilícita que coincide con el tipo descripto por la ley como conducta punible. La palabra tipo procede del latín “typus”, a su vez originada en el griego “typos”, y su significado es, modelo. Por eso la tipicidad es lo que se adecua según el Juez que decide el caso, al modelo expresado en el tipo penal establecido por los legisladores.

Daremos un ejemplo para diferenciar el tipo penal de la tipicidad aunque ambos estén muy vinculados: El tipo penal del artículo 97 del Código Penal argentino, nos dice “los que se batieren en duelo, con la intervención de padrinos…” si las personas realizan esta acción de batirse en duelo con la intervención de padrinos, su conducta posee tipicidad y será pasible de la condena correspondiente.

Por más que alguien crea que lo que hizo está mal porque su conciencia así se lo expresa, no será castigado por la comisión de un delito si su conducta no está exactamente expresada en la ley penal. En el ámbito penal no rige la aplicación de la norma a casos similares (analogía). Tampoco será exceptuada de la tipicidad si socialmente la conducta no parece ser inadecuada en ese grupo social, pero la ley la ha considerado delictiva y la describe expresamente, ya que una conducta será o no delito si así lo consideran los legisladores. La conducta que nos referimos puede ser una acción, como por ejemplo matar, o una omisión, como el caso del abandono de persona.

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Fingermann, H. (19 de abril de 2016). Concepto de tipicidad. Deconceptos.com. https://deconceptos.com/ciencias-juridicas/tipicidad

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