Concepto de consumación
La palabra consumación es la acción y el efecto del verbo consumar, que procede del latín “consummatio”, vocablo integrado por el prefijo de glabalidad “con” y el término “summa” que indica algo completo y acabado.
La consumación se aplica a los hechos que han sido logrados y efectivamente llevados a la práctica. A veces requieren de un proceso previo preparatorio y otras se ejecutan de modo repentino e irreflexivo.
Ejemplos: “La consumación de mi proyecto tan soñado y cuidadosamente diseñado es esta gran empresa que hoy se inaugura”, “Se llevó a cabo la consumación de nuestro viaje y ahora ya lo estamos disfrutando” o “En un abrir y cerrar de ojos me encontré consumando la compra de este terreno que se me presentó de repente como una oportunidad”.
En cuanto al matrimonio, su consumación se produce cuando luego de celebrar las formalidades legales y/o religiosas correspondientes los cónyuges comienzan su vida en común, uniéndose en sus cuerpos y almas. En el Derecho Canónico, un matrimonio no consumado entre bautizados o en entre un bautizado y otro no bautizado, configura un supuesto susceptible de disolución por vía canónica, a petición de ambas o de una sola de las partes y es potestad del Sumo Pontífice conceder o no la petición. Una vez consumado, el matrimonio católico es indisoluble.
En materia de Derecho Penal, se distinguen los delitos en grado de tentativa, de los consumados. Los primeros comenzaron a ser ejecutados con intención o dolo, pero no llegaron a concretarse, ya sea porque resultó imposible o porque encontró algún impedimento para llegar al objetivo. Los delitos consumados son los que efectivamente lograron llegar a la finalidad perseguida. Por ejemplo: “Hubo un intento de robo en la panadería, pero los vecinos advirtieron la situación y los ladrones fueron aprehendidos antes de que pudieran alzarse con el botín, por lo tanto el robo no se consumó”. Algunos delitos tienen prevista legalmente condenas para la tentativa y para la consumación, donde por supuesto los castigos son mayores. En algunos delitos no se pena la tentativa. La consumación en general implica realizar alguna acción, aunque algunos hechos ilícitos pueden consumarse por omisión como por ejemplo cuando se trata del abandono de persona.
Fingermann, H. (11 de diciembre de 2017). Concepto de consumación. Deconceptos.com. https://deconceptos.com/ciencias-juridicas/consumacion
Concepto siguiente >> |