Concepto de damnificado
La palabra damnificado, se derivó del latín “damnificare”, vocablo que está conformado por los siguientes términos: “damnum” que puede traducirse como “daño”, y “facere” en el sentido de “hacer”.
Un damnificado es la víctima de un daño, que puede ser físico (resultar lastimado en una parte del cuerpo) patrimonial (sufrir un menoscabo en sus bienes) o psicológico o moral (padecer algún trastorno psíquico importante). El autor del daño puede ser una fuerza natural, como un terremoto, un árbol que cae, un tsunami, el ataque de un animal; o puede ocurrir por un error humano, o por un hecho intencional o doloso, pudiendo en este último caso, configurar un delito. Los damnificados por un mismo siniestro, pueden ser, desde una sola persona, hasta un grupo significativo, como lo que suele ocurrir con los desastres naturales, que moviliza acciones de ayuda tanto a nivel estatal como privado.
Ejemplos
“He sido uno de los damnificados por la inundación, por eso recibiré una ayuda del estado”, “Resulté el principal damnificado de sus mentiras y promesas de amor, pues arruinó mi vida con su presencia hostil y violenta, ya que no era el hombre gentil y generoso que había simulado ser”, “Fuimos muchos los damnificados por la estafa que perpetró el vendedor de terrenos fiscales”, “La erupción del volcán dejó cientos de damnificados”, “El damnificado en el choque automotor resultó ser un taxista que demandará al conductor del otro vehículo, por daños y perjuicios” o “Me robaron apuntándome con un arma, y fui damnificado económica y psicológicamente, ya que vivo asustado y no puedo dormir”.
Particular damnificado
En el Derecho Procesal Penal, se considera particular damnificado a toda persona que haya sufrido un perjuicio ante la comisión de un delito, dándoles una participación activa en la búsqueda de justicia. El Código Procesal Penal de la provincia de Buenos Aires (Argentina) por ejemplo, en su artículo 6, nos dice que si bien la acción penal pública, es privativa del Ministerio Público Fiscal; el particular damnificado, tiene la potestad de habilitar al Juez o al Tribunal, para abrir la causa, continuarla, juzgando y condenando al o a los delincuentes. En los delitos de instancia privada, su participación es aún más destacada pues sin denuncia de los damnificados no se inicia ni se prosigue el proceso (art. 7). Algo similar ocurre con la acción civil, para obtener la cosa o cosas que fueron objeto del delito, o su valor.
Fingermann, H. (18 de marzo de 2020). Concepto de damnificado. Deconceptos.com. Actualizado el 30 de marzo de 2020. https://deconceptos.com/ciencias-naturales/damnificado
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