Concepto de compraventa

La compraventa es uno de los contratos más frecuentes en el mundo moderno. Como todo contrato supone un acuerdo voluntario entre personas capaces de obligarse, por el cual, se establece un compromiso recíproco entre dos partes, vendedor y el comprador, por eso es un contrato bilateral. El vendedor se obliga a entregar una cosa de su propiedad o teniendo poder del dueño, al comprador, al que le transfiere el dominio del bien, y éste último, debe, a cambio, abonarle al primero un precio justo en dinero, produciéndose así, una sucesión particular “inter vivos”, pues el comprador va a ocupar el lugar de dueño de la cosa, que antes detentaba el vendedor.

El precio debe ser razonable, pudiendo ser un poco más alto o más bajo que el valor que fija el mercado, pero no irrisorio, en cuyo caso podría estar encubriendo una donación. Si en lugar de dinero, se entrega a cambio otra cosa, no sería una compraventa sino un trueque o permuta, forma de intercambio que precedió a la compraventa, pero que tenía la dificultad, de que las cosas intercambiadas, no tenían idéntico valor, lo que se solucionó con la aparición de la moneda. El dinero puede ser entregado al contado o en cuotas, en efectivo, por débito, transferencia bancaria o cheque.

El objeto de la compraventa son las cosas, muebles o inmuebles, que estén dentro del comercio, pues no son susceptibles de ser objeto de este contrato ni los bienes comunes al género humano, como el aire; ni los bienes públicos, mientras no sean desafectados de esa condición. El Derecho Romano ya legisló sobre este contrato, pero las cosas a transferir debían ser materiales. En la actualidad, también pueden ser objeto de a compraventa los bienes intangibles, como el caso de las marcas. Pueden venderse cosas futuras, como el producto de una cosecha, siendo un contrato de riesgo, ya que al pactarse el precio, se estima una cantidad y calidad, a un precio determinado; lo que puede variar cuando efectivamente suceda el evento. Por ejemplo: “Compré el producto de una cosecha futura, con la esperanza de que el producto iba a ser cuantioso, pero las lluvias intensas me jugaron una mala pasada y la cosecha se arruinó, así que debí pagar igual, aunque no obtuve casi nada a cambio”.

La compraventa solo requiere formalidades, en casos especiales, como cuando se compra un inmueble, debiéndose en este caso entregarse una escritura pública y registrarse el traspaso en el Registro de la Propiedad Inmueble, para conocimiento de terceros.

El vendedor debe garantizarle al comprador que la cosa no posee vicios ocultos, llamados vicios redhibitorios; ni gravámenes jurídicos (garantía de evicción). Solo no responde por ellos, si las partes así lo han convenido.
Quien recibe el dinero del pago debe ser el vendedor o su apoderado, pero quien paga el precio puede ser cualquiera, mientras se pague en nombre del comprador. Pueden establecerse a la compraventa condiciones y plazos.

Si el comprador adquiere el bien, con el fin de revenderlo, se trata de una compraventa comercial. Existen comercios, destinados a la compraventa de productos nuevos, y otros de productos usados, que le compran cosas a la gente particular, cosas que ya han sido puestas en uso, y luego las revenden, por ejemplo muebles, ropas o electrodomésticos.

La compraventa puede tener adicionados pactos, como el caso del pacto de preferencia, donde el vendedor se reserva el derecho de volver a adquirir el bien que transfiere, si el comprador decide venderlo en el futuro, pagando el precio que le ofrece un tercero. El pacto de compraventa con reserva de dominio, supone que la transferencia del bien, recién se hará efectiva cuando el comprador abone el precio en su totalidad.

Si bien para que exista contrato de compraventa debe haber conformidad de partes, por decisión judicial puede disponerse la venta forzada de bienes, habiendo en este caso compraventa pero no contrato. La venta en estos supuestos se realiza por subasta pública, resultando comprador, el mejor postor.

Citar este artículo

Fingermann, H. (3 de marzo de 2023). Concepto de compraventa. Deconceptos.com. https://deconceptos.com/ciencias-juridicas/compraventa

Buscar otro concepto